ESTOY EN DUBLIN!!
Ola, bueno he venido a vivir a Dublin sola y estoy un poco perdida con todo...cual es la mejor manera de buscar un trabajo?Hay algun español por aqui solo tambien??
Hola!Buenos DÃas,a TOD@S!...Buen inicio de Semana...BAKEA,yo,voy el 23-XI-´10,para ¶Ù³Ü²ú±ôòÔ...¿Qué tál ,el tiempecÃn,por ahÃ?!!!...
Un Cordial SaludidÃn,para TOD@S!...Felipe.
Hola!Buenas Tardes,a TOD@S!!!
Honestamente...Para Trabajar y Vivir...¿Irlanda?¿Irlanda del Norte?...Ya que un@ sale de su PaÃs,como Emigrante,para mejorar...Busca la mejores condiciones,para regresar ,dentro de un par de años,cuando ,vengan mejores tiempos...
Un Cordial Saludo,para TOD@S!
Salud y Trabajo!!!...
FORMALIDADES NECESARIAS AL LLEGAR A UN PAÃS Y AL DEJARLO (Unión Europea)
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¿Eres ciudadano de la UE y tienes previsto viajar a otro paÃs de la UE? ¿O vivir, estudiar, trabajar o jubilarte allÃ?
Esta ficha informativa trata de las formalidades prácticas que tú y los miembros de tu familia deberéis cumplimentar antes de vuestra partida y nada más llegar al paÃs de acogida. Si deseas información práctica sobre otros aspectos relacionados con el traslado a otro paÃs comunitario y tus derechos comunitarios conexos, lee por favor las fichas correspondientes (trámites de entrada, derechos de residencia, seguridad social, etc.).
Si quieres vivir en otro paÃs comunitario, te interesará esta ficha en su totalidad. Si visitas otro paÃs comunitario como turista o por un corto periodo de tiempo (tres meses o menos) que no va a suponer ningún cambio de residencia principal, ni siquiera de forma temporal, te bastará con leer los párrafos identificados con este sÃmbolo (a la derecha de este párrafo).
¿HAS PENSADO EN TODO?
En el paÃs comunitario de acogida deberás cumplimentar ciertas formalidades (relativas a la entrada, residencia, trabajo, vida, alojamiento, etc.).
Deberás presentar determinados documentos originales. ¡Lee la lista que aparece a continuación y asegúrate de que no se te olvida nada! Encontrarás más información sobre los trámites que deberás hacer y sobre cómo obtener algunos de estos documentos en los siguientes apartados.
LISTA DE DOCUMENTOS ÚTILES QUE DEBES LLEVAR [1]:
• Documento nacional de identidad válido y/o pasaporte válido
• Documentos nacionales de identidad y/o pasaportes de todos los miembros de tu familia que te acompañen, o cualquier certificado provisional equivalente (en su caso)
• Visado de los miembros de tu familia que sean ciudadanos de terceros paÃses, si se solicita
• Certificado de antecedentes penales (si quieres trabajar para organismos públicos, algunos de ellos podrÃan exigirte este documento)
• Partida(s) de nacimiento
• Pruebas de la situación de los miembros de tu familia o personas a tu cargo (normalmente un documento expedido por la autoridad competente del paÃs de origen, en el que se certifique que están a tu cargo o que viven bajo tu techo en ese paÃs)
• Todos los documentos oficiales que certifiquen tu situación personal (certificado de matrimonio, sentencias, certificado de haber cumplido el servicio militar, etc.)
• Carné de estudiante e inscripción válida en una universidad europea si deseas viajar en calidad de estudiante
• Originales de todos los tÃtulos que hayas obtenido en tu paÃs de origen o en otro paÃs (por razones de estudios o de trabajo)
• Todos los certificados profesionales que testifiquen tus cualificaciones profesionales
• Originales de los contratos de trabajo que demuestren tu experiencia profesional (actividad y duración) incluyendo, en su caso, el contrato de trabajo actual o el del trabajo que vayas a iniciar
• La Tarjeta Sanitaria Europea y/o los correspondientes formularios E que faciliten la continuidad de tu protección social en otro paÃs comunitario; lo mismo para cada miembro de la familia
• Los documentos necesarios que certifiquen tus derechos (periodo de trabajo y cobertura de seguridad social, derecho a prestaciones de seguridad social)
• Certificado médico reciente o todo historial médico personal (para facilitar el trabajo de un médico extranjero), en su caso
• Extractos más recientes de tu cuenta bancaria para determinar fácilmente tu situación financiera, en su caso
• Tu permiso de conducir
• Especificaciones técnicas del (de los) vehÃculo(s) que llevas contigo
• Justificante de haber pagado el IVA en el paÃs en que compraste el coche, en su caso
TRÃMITES NECESARIOS AL SALIR DE TU PAÃS DE LA UE
Si pretendes instalarte durante un periodo medio o largo en otro paÃs comunitario, puedes abandonar tu residencia actual. Por consiguiente, asegúrate de que rescindes de manera legal y adecuada tus contratos con tus proveedores de servicios: vivienda, agua, gas, teléfono, Internet, TV, etc.
En su caso, si vas a residir por un periodo muy largo o definitivamente en el paÃs de acogida, esto último incluye también: bancos, seguros (por ejemplo, de tu vivienda y/o de tu coche), etc. Por supuesto, no dudes en acudir a tus consejeros profesionales en esos sectores para clarificar si puedes o no mantener y gozar de tus contratos estando en otro paÃs. En ese caso, elige la opción más ventajosa.
De hecho, antes de tu partida ya puedes empezar a buscar vivienda y trabajo en el paÃs de acogida e informarte sobre una cuenta bancaria. Además, puedes desear aclarar tu situación relativa a las prestaciones laborales y la protección social, poniéndote en contacto con los organismos correspondientes del paÃs de acogida (véanse las direcciones útiles).
Por otra parte, conviene que informes a tu municipio o a la comisarÃa de policÃa de que te vas del paÃs. En caso necesario, comunica tu cambio de dirección postal a todas las instituciones o entidades con las que te relacionas cotidianamente.
Y no te olvides de informar a la administración fiscal de tu paÃs de origen de que te vas del paÃs.
SEGURIDAD SOCIAL
Las disposiciones comunitarias sobre seguridad social te garantizan la protección social en otro paÃs comunitario y también que determinadas prestaciones se pueden exportar a otro paÃs comunitario.
IMPORTANTE: Conviene que te pongas en contacto con tu institución de seguridad social antes de tu partida con objeto de obtener la información necesaria y los formularios E exigidos y/o la Tarjeta Sanitaria Europea (se advierte que determinados Estados miembros han decidido no distribuir aún la Tarjeta Sanitaria Europea y seguirán expidiendo los formularios hasta el 31 de diciembre de 2005).
En función de tu situación especÃfica, deberás solicitar los siguientes formularios [2]:
• Asistencia sanitaria: formularios que han sido o van a ser sustituidos en breve por la Tarjeta Sanitaria Europea: Formularios E111 y E111B utilizados por los turistas; E110 utilizado por los transportistas internacionales por carretera, E128 utilizado por los estudiantes y personas destinadas en un Estado miembro distinto del suyo, E119 utilizado por personas inscritas como desempleadas y en busca de trabajo en otro Estado miembro;
• Prestaciones sanitarias programadas en otro paÃs comunitario: Formulario E112;
• Inscripción de los titulares de pensiones: Formulario E121;
• Cálculo y pago de pensiones: Formularios E200;
• Subsidio de desempleo: Formularios E300;
• Prestaciones familiares: Formularios E401;
• Otros formularios (prestaciones por invalidez, etc.).
Como estos formularios son personales, deberás solicitarlos para ti y, en su caso, para cada miembro de tu familia que viaje contigo.
IMPORTANTE: DeberÃas aclarar con tu institución (o instituciones) de seguridad social si vas a conservar el derecho a determinadas prestaciones/subsidios si te vas a vivir a otro paÃs comunitario (no todas las prestaciones son exportables).
SUBSIDIO DE DESEMPLEO
Debes tener en cuenta que si dejas un puesto de trabajo voluntariamente, puedes perder también, en determinados paÃses, el derecho al subsidio de desempleo. Averigua siempre tus derechos con arreglo a la legislación nacional del paÃs del empleo más reciente antes de tu partida, porque existe un plazo para realizar la transferencia de prestaciones.
Puedes cobrar en el paÃs de acogida el subsidio de desempleo que cobras en tu paÃs de origen. Sólo se paga mientras se busca un empleo en otro Estado comunitario con condiciones restrictivas y durante un periodo de tiempo limitado:
• Debes estar a disposición de los servicios de empleo del Estado que te paga las prestaciones de desempleo durante al menos cuatro semanas a partir del momento en que quedaste en paro. No obstante, el servicio de empleo de que se trate puede reducir este periodo.
• En un plazo de siete dÃas a partir de tu llegada al paÃs de acogida, tienes que inscribirte en los servicios de empleo del paÃs donde buscas trabajo; sigue las instrucciones del formulario E.
• Debes someterte a los procedimientos de control de los servicios de empleo de dicho paÃs.
Entonces conservarás tu prestación de desempleo durante un perÃodo máximo de tres meses; si durante ese periodo no has podido encontrar un nuevo trabajo, seguirás beneficiándote de las prestaciones de desempleo del paÃs donde hayas trabajado por última vez si vuelves a él antes de agotarse el periodo de tres meses. Si vuelves transcurrido ese plazo, sin autorización explÃcita de los servicios de empleo de ese paÃs, perderás todos tus derechos a las prestaciones.
FISCALIDAD
El impuesto sobre la renta no está regulado por el Derecho comunitario: es una competencia exclusiva de los Estados. Sin embargo, los paÃses europeos han celebrado convenios fiscales bilaterales con objeto de evitar que acabes pagando dos veces por la misma actividad o ingresos en un paÃs comunitario diferente. Ponte en contacto con la administración correspondiente de tu paÃs de origen para obtener un asesoramiento personalizado en función de tu situación (duración de la estancia, paÃs de que se trate, fuentes de ingresos, trámites, etc.).
´¡±«°Õ°¿²ÑÍѳձõ³¢ Y PERMISO DE CONDUCIR
PERMISO DE CONDUCIR
No es necesario canjear el permiso de conducir expedido por un Estado miembro en el Estado miembro de acogida. Un permiso de conducir válido expedido en un Estado miembro será plenamente reconocido en el Estado miembro de acogida.
Los antiguos permisos de conducir nacionales siguen siendo válidos hasta que caduca su periodo de validez. Antes de que termine dicho periodo, deberás canjearlo por el nuevo modelo de permiso comunitario.
(para mayor información, puedes consultar las páginas siguientes: Commission webpage on driving licence o
Â… on/es.html)
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Por lo general, deberás matricular tu vehÃculo y pagar sus impuestos en el paÃs en que tienes tu residencia habitual. Si tienes pensado llevarte tu coche a un Estado miembro diferente y vivir allÃ, deberás matricularlo en tu paÃs de acogida.
Pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en el paÃs de acogida
Normalmente, se paga el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en el paÃs de adquisición del coche. El precio que vas a pagar por un vehÃculo nuevo comprado en un paÃs de la UE que no es el de destino no incluirá el IVA.
Sólo en las siguientes condiciones, deberás pagar el IVA en el paÃs de destino en el que se va a matricular el coche:
• te llevas el coche al paÃs de acogida, y
• tu coche es nuevo (menos de seis meses y menos de 6000 km), y
• lo has comprado en tu paÃs de origen o en otro paÃs de la UE (pero no en el paÃs de acogida).
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Si vives y conduces en el paÃs de acogida durante un periodo igual o superior a seis meses, deberás matricular tu coche en el paÃs de acogida y deberás pagar un impuesto de matriculación. Deberás matricular tu vehÃculo en un plazo de seis meses a partir de su entrada en el paÃs de acogida. Los trámites de matriculación permiten a la administración nacional comprobar si el vehÃculo reúne las caracterÃsticas técnicas (conformidad técnica e inspección técnica) que exigen las normas de seguridad legales: lleva toda la documentación técnica necesaria, si es posible, traducida. También te será útil consultar la siguiente ficha:
TRÃMITES NECESARIOS AL ENTRAR EN OTRO PAÃS DE LA UE
En calidad de ciudadanos comunitarios, tú y tu familia tenéis derecho a entrar en cualquier otro paÃs de la UE simplemente con un documento nacional de identidad válido o un pasaporte válido. Todos los miembros de tu familia deberán poseer documentos de identidad. Se consideran miembros de tu familia tu cónyuge, los hijos menores de 21 años (o que estén a tu cargo), asà como tus padres y los padres de tu cónyuge, si también están a tu cargo.
Si algún miembro de tu familia tiene la nacionalidad de un paÃs tercero, deberás solicitar un visado para esa persona.
TRÃMITES NECESARIOS AL INSTALARSE EN OTRO PAÃS DE LA UE
Si deseas permanecer más de tres meses en el paÃs de acogida, deberás solicitar en un plazo de treinta dÃas a partir de la fecha de entrada en el paÃs comunitario de acogida una tarjeta de residencia (en la comisarÃa de policÃa o en el servicio de extranjeros correspondiente). No todos los paÃses comunitarios exigen esa tarjeta de residencia y tu derecho a residir no se deriva de ella. No obstante, se recomienda su obtención ya que te hará falta para cumplimentar trámites básicos como abrir una cuenta bancaria como residente, comprar un coche, etc. Para la obtención de un permiso de residencia para los miembros de tu familia, se suele pedir una prueba del parentesco (certificado de matrimonio, etc.).
Como asalariado, se te expedirá una tarjeta de residencia sólo con presentar un documento de identidad (pasaporte o documento nacional de identidad) y demostrar que estás trabajando por cuenta propia o ajena.
Como jubilado que ha trabajado en otro paÃs comunitario, tienes derecho a permanecer en el paÃs de acogida mientras puedas demostrar que estás cubierto por una póliza de seguros contra el riesgo de enfermedad y que dispones de recursos económicos suficientes.
Como estudiante, deberás demostrar que dispones de recursos económicos suficientes para estudiar en el paÃs de acogida (mediante una declaración o por otro medio alternativo al menos equivalente). Asimismo deberás estar matriculado en un establecimiento reconocido con el objetivo principal de cursar estudios de formación profesional y deberás tener un seguro médico que cubra todos los riesgos en el paÃs de acogida.
Al determinar si dispones de recursos económicos suficientes y asistencia sanitaria, ello deberá cubrir a todos los miembros de tu familia que aún no sean independientes.
SEGURIDAD SOCIAL
Estancias temporales en el extranjero – menos de tres meses
Si caes enfermo o resultas herido cuando realices una estancia temporal en el extranjero, el formulario E111 o la Tarjeta Sanitaria Europea te dará acceso a la asistencia médica necesaria en relación con tu estado de salud (por ejemplo, si te rompes una pierna, tienes un accidente o caes enfermo súbitamente) y con la duración prevista de tu estancia. No importa si estás en el extranjero como turista, o si tu viaje es por motivos de trabajo o por razones privadas. Sin este u otros formularios, o la tarjeta, deberás pagar el tratamiento y sólo recibirás el reembolso cuando hayas regresado al paÃs donde estás asegurado. Asimismo, el E111 no está previsto para las prestaciones sanitarias programadas.
Estancia de más de tres meses en el paÃs de acogida
Al llegar al paÃs de acogida, conviene que te afilies a la institución local de seguridad social con objeto de tener acceso a las prestaciones sanitarias y demás prestaciones de seguridad social. Tendrás derecho a todas las prestaciones en especie previstas en virtud de la legislación del paÃs de acogida. Esas prestaciones incluyen asistencia médica y dental, medicamentos y hospitalización, asà como pagos directos para rembolsar los costes de dicha asistencia. Por regla general, la asistencia se presta de acuerdo con la legislación del paÃs de acogida como si estuvieras asegurado en ese paÃs, lo cual puede ser ventajoso o no en comparación con la legislación de tu paÃs de origen.
Subsidio de desempleo
Deberás presentar el correspondiente formulario E a los servicios del paÃs de acogida en el que estés buscando trabajo, para que te puedan pagar las prestaciones en un plazo de tiempo razonable.
LISTA DE CONTROL
IMPORTANTE: Esta lista de control es interesante principalmente en caso de que te propongas instalarte en otro paÃs comunitario como ciudadano comunitario. Si vas como turista a otro paÃs comunitario o por un corto periodo de tiempo (tres meses o menos) que no va a suponer ningún cambio de residencia principal, ni siquiera de forma temporal, te bastará con leer los puntos identificados con este sÃmbolo.
Para una información más detallada sobre la administración a la que hay que dirigirse en cada paÃs comunitario y los documentos que es preciso presentar, consulta las fichas prácticas de la página Internet «Tu Europa» ().
Antes de salir, asegúrate de que llevas los siguientes documentos y de que te has puesto en contacto con todas las administraciones y organismos correspondientes.
1) Asegúrate de que estás en posesión de los siguientes documentos:
• Tu pasaporte y/o documento nacional de identidad válidos
• Pasaporte y/o documento nacional de identidad de los miembros de tu familia o personas a tu cargo
• Visado de los miembros de tu familia o personas a tu cargo que no sean ciudadanos comunitarios
• Para los miembros de tu familia, prueba de su condición de miembros de tu familia o personas a tu cargo
• Tu permiso de conducir y los permisos de conducir de los miembros de tu familia, válidos
• Las especificaciones técnicas de tu coche
• Justificante de haber pagado el IVA por tu coche
2) Ponte en contacto con la institución de seguridad social pertinente al menos entre dos y cuatro semanas antes de tu partida para cumplimentar los trámites necesarios, con objeto de:
• Clarificar cuáles son tus derechos y los de los miembros de tu familia si te vas a vivir a otro paÃs comunitario: clarifica si tú y los miembros de tu familia vais a mantener el derecho a determinadas prestaciones/subsidios (no todas las prestaciones son exportables)
• NotifÃcales que te vas del paÃs y, si es posible, dales tu nueva dirección en el paÃs de acogida
• A fin de mantener, en el extranjero, las prestaciones sanitarias, el subsidio de desempleo, las prestaciones por invalidez y por jubilación y demás derechos que te asistan y que sean exportables, obtén en tu institución de seguridad social todos los formularios necesarios y pertinentes y/o la Tarjeta Sanitaria Europea
3) Ponte en contacto con la administración fiscal correspondiente de tu paÃs de origen con objeto de:
• Solicitar información y asesoramiento sobre la declaración de impuestos y los trámites que deberás cumplimentar antes de salir de tu paÃs de origen
• Obtener información sobre posibles convenios bilaterales para evitar la doble imposición entre tu paÃs de origen de la UE y el paÃs de la UE en el que tienes previsto vivir
• NotifÃcales que te vas del paÃs y, si es posible, dales tu nueva dirección en el paÃs de acogida
4) Informa a tu municipio o a la comisarÃa de policÃa de que te vas del paÃs
5) Cuando sea necesario, comunica tu cambio de dirección postal a todas las instituciones o entidades con las que te relacionas cotidianamente
Al llegar, no te olvides de ponerte en contacto con todos los organismos y administraciones pertinentes.
Obtén una tarjeta de residencia en un plazo de treinta dÃas a partir de la fecha de tu llegada al paÃs comunitario de acogida (en la comisarÃa de policÃa o en el departamento de extranjeros correspondiente). Para ello, deberás presentar:
• Si eres asalariado, tu documento de identidad (pasaporte o documento nacional de identidad) y prueba de que estás trabajando por cuenta propia o ajena
• Si estás jubilado, eres inactivo o estudiante, prueba (o, en el caso de los estudiantes, una simple declaración) de que dispones de recursos económicos suficientes para no convertirte en una carga para el sistema de seguridad social del Estado miembro de acogida y que
estás cubierto por una póliza de seguros contra el riesgo de enfermedad
• Para los miembros de tu familia, prueba de que disponen de recursos económicos suficientes y seguro de enfermedad para cada miembro de tu familia autorizado a residir contigo
Al llegar al paÃs de acogida, conviene que te afilies a la institución local de seguridad social con objeto de obtener prestaciones sanitarias en especie. Presenta todos los formularios pertinentes (enfermedad, desempleo, jubilación, etc.) y/o la Tarjeta Sanitaria Europea.
En un plazo de siete dÃas a partir de tu llegada al paÃs de acogida comunitario, tendrás que inscribirte en los servicios de empleo del paÃs donde buscas trabajo.
Matricula tu coche en un plazo de seis meses a partir de tu entrada en el paÃs de acogida.
Ponte en contacto con la administración fiscal pertinente del paÃs de acogida para solicitar información y asesoramiento sobre la declaración de impuestos y los trámites fiscales, asà como sobre los convenios bilaterales con el paÃs de origen.
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[1] Puede ser útil traducir alguno de esos documentos en la lengua del paÃs de acogida. Las representaciones nacionales (consulado o embajada) te pueden ayudar.
[2] Encontrarás la lista completa de formularios E en la dirección siguiente: … ocs_en.htm
FUENTE. COMUNIDADES EUROPEAS. EUROPA. EL PORTAL DE LA UNIÓN EUROPEA. FORMALIDADES NECESARIAS AL LLEGAR A UN PAÃS Y DEJARLO (Unión Europea). Â… index.html
Hola soy Teresa,
Pienso ir dentro de poco para allá y también ando un poco perdida dede aquÃ,España;nosé que documentos necesito para poder trabajar allÃ.Sobre estar perdida,nosé se me a ocurrido que si buscas donde estan los asuntos sociales,ellos te podran guiar y ayuda.Suerte.
Un saludo,Teresa
Hola a todos:
Quisiera que me ayudaran,voy el próximo sabado para Dublin,con Ryanair y llego a primera hora de la mañana;me gustarÃa saber como puedo llegar desde ahà a Donegal Town.
email:javierale121000@yahoo.com
Un saludo y buen fin de semana.
Teresa
Hola a todos! Yo llegué el sábado a ¶Ù³Ü²ú±ôòÔ, y me gustarÃa mucho hacer amigos nuevos, pues casi no conozco a nadie aquÃ!!! Os dejo mi correo pa que me escribáis: mcanogaley@hotmail.com.
Un saludo!
Hola yo tambien me he venido a Dublin sola, pero con un curso de ingles de 4 semanas. Llegue ayer si alguien se anima a darse una vuelta por mi genial.
hols soy chileno ..mi nombre es manuel si quieres podemos juntarnbos
mi correo es manuiiiiito@gmail.com
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